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El Estado español sigue imponiendo el castellano: treinta leyes discriminatorias en el último trimestre

El ritmo de aprobación de legislación discriminatoria se ha mantenido durante el segundo trimestre del año

Durante la primera mitad de 2018 se han aprobado 66 disposiciones que relegan a la lengua catalana

El segundo trimestre de 2018 no se ha distinguido mucho del primero en cuanto a la aprobación de normas que imponen el castellano y discriminan al catalán. Durante los meses de abril, mayo y junio las instituciones españolas y comunitarias, así como la ONU, han aprobado hasta 30 regulaciones lingüísticamente discriminatorias. Los primeros tres meses del año habían aprobado 36. De las 30 nuevas normativas discriminatorias, 14 provienen de las instituciones estatales, 13 de las europeas y 3 de las Naciones Unidas. No obstante, debe tenerse en cuenta que toda la normativa que impone exclusivamente el castellano es responsabilidad última del Gobierno y el Parlamento españoles, ya que la normativa internacional que perjudica al catalán lo hace porque España veta su oficialidad.

Como la Plataforma per la Llengua ha denunciado reiteradamente, las instituciones españolas demuestran diariamente que se identifican exclusivamente con una sola de las comunidades lingüísticas del Estado y, por lo tanto, con sólo una parte de la ciudadanía. L'ONG del català considera que se trata de una actitud intolerable que denota una concepción supremacista de la diversidad lingüística y cultural, por la cual un determinado grupo disfruta de más derechos que el resto.

Como es habitual, las normativas impositivas del período en cuestión tratan aspectos muy variados tanto del espacio público como del privado, con efectos muy diversos sobre la vida de las personas. A continuación se detallan algunas de las novedades más destacables:

1. Un real decreto de abril sobre información de los medicamentos veterinarios modifica y actualiza a otro sobre la misma cuestión pero mantiene la imposición de que una serie de documentos en los que figuren declaraciones obligatorias del etiquetaje estén redactados como mínimo «en la lengua española oficial del Estado». El mantenimiento de la imposición exclusiva del castellano en el etiquetaje del nuevo reglamento estatal es especialmente relevante si se tiene en cuenta que esta norma ha sido aprobada para adecuar la normativa española a un reglamento europeo de 2009 que deja abierta la puerta a pedir el uso de «la lengua oficial o una de las lenguas oficiales del Estado miembro o región en el que se comercializa». El reglamento español, en definitiva, no aprovecha el margen que le da la norma europea por permitir el uso de las diferentes lenguas oficiales sino que impone exclusivamente el castellano.

2. Una resolución de la presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que estable que los candidatos a beneficiarse de unas becas de formación y perfeccionamiento profesional tendrán que tener «dominio del idioma español» y deberán acreditarlo si no tienen la ciudadanía española y la su lengua materna no es el castellano. También deberán tener conocimientos de inglés y se valorará que dominen el francés y el alemán. En ningún caso se nombra que deban saber catalán, y tampoco se valorará.

3. El real decreto de reestructuración de los ministerios aprobado a raíz de la toma de posesión de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno español remarca por enésima vez que el Ministerio de Cultura y Deporte tiene la obligación de promover y difundir «la cultura en español». No se dice nada de la cultura en catalán.

4. Un nuevo reglamento de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa que regula los sistemas de retención de los ocupantes de los vehículos previene diferentes exigencias documentales a favor de las «lenguas de los países». Por ejemplo, los cinturones de seguridad irán acompañados de instrucciones de instalación y uso en «la lengua o lenguas del país en el que vaya a comercializarse». También dice, en cuanto a los sistemas de retención infantil, que el fabricante del vehículo deberá incluir un manual de instrucciones que facilite la información con pictogramas «en la lengua nacional o, al menos, en una de las lenguas nacionales del país en que se comercialice el vehículo» y estos manuales de instrucciones deberán contener una determinada advertencia sobre la protección infantil, las sillitas para bebés y los sistemas de airbag en «todos los idiomas oficiales del país o países donde razonablemente cabría esperar que fuera a matricularse el vehículo (por ejemplo, dentro del territorio de la Unión Europea, en Japón, en la Federación de Rusia, en Nueva Zelanda, etc.)». Existe otra exigencia que no es clara que imponga el castellano de forma exclusiva, pero que el Estado español interpretará en este sentido: los vehículos tendrán un aviso sonoro continuado e intermitente o, alternativamente, un mensaje vocal continuo; el fabricante del vehículo debe asegurarse que este mensaje vocal pueda utilizar «las lenguas del mercado en el que se pretenda utilizar el vehículo».

5. Un convenio de cooperación entre España y Brasil establece que las autoridades en materia de seguridad social de los dos estados se podrán comunicar entre ellos directamente tanto en portugués como en castellano. De este modo, el Estado español vuelve a identificarse exclusivamente con la lengua castellana y se niega a operar igualmente en catalán y aceptar el uso del catalán y a protegerlo por igual.

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